DE n ;snCtA l'4ACI01'CAL
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 18
ID: fallos_18_135
Voces / Materias
BANCO
CONTRATO
ADUANA
Texto del Fallo
DE n ;snCtA l'4ACI01'CAL
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A este respecto se han producido: i 0 Las declaraciones
de D. Guillermo Olivar y D. Franch;eo Bustos, mandadas
agregar en copia, á solicitud del •1ismo demandado, del es-
pedionte criminal quo contra aquellos Sres. so inició por
suponérseles auxiliadores de la robclion, de las cuales apare-
ce que Regueira, al comunicarle ellos la negativa del Di-
rectorio del Banco á cubrir el valor del jiro, les manifestó
en iguales ó parecidtls términos, que este llabia ·"~lo heclw
por órden. de A rretlondo, quien reemplazaba en m~rtud del
trtUn{o obtenido ctl Gobierno Naciotutl, r que le daria cuen-
ta á él ele la re.~oluctoll del llallco. Que posteriormente y
en el mismo dia, Rcgueira se apcrsonó al Banco acompaña-
do del Gefc de .Estado Mayor, á cuyo (avor era ji rada la
letra, requiritmdo uucvamcntc ctl /Jirectorio por el pago á
11omb re de A rredondo. y e.*íprescmdo nl mismo tiempo que la
negativa importaha wm /wstilitlad abierta á la siluacion.
etc. Finalml'ntc, que el contrato con el Gobierno babia si-
do ya rescindido do antemano por el Banco, segun notas
pasadas al Administrador legal tlc Aduana y r.l Ministro .de
Hacienda·¡ 2" ],¡t deularacion do D. .Javier V iclcla, testigo
tlel demandante, de la cual aparece, que, en la ocasion en
que concurrió Ucgnoiru con el Gcfo espresado al Banco, se
espres6 aquel en estos términos : e :llantla decir el General
Arredondo que todo lo que quiere saber de \ds. es ·i pagan
ó no el jiro hecho por la Aduana, pura st>gun eso tomar me-
didas> ; que insistiendo el Director en no verificar ol pa-
go, Regueira turo con el gefe aludido una corta conferen-
cia, que no alc:mz6 á percibir, saliendo inmediatamente el
último, y qu e~Jind o"e solo aquel en el Banco hasta pocos
momentos dcspues, en que regresó dicho Gefe con la nota
de Arredondo; 3° La declaracion de D. Francisr.o Bustos,
examinado á solicitud del demandante,' la cual se hulla con-
forme con la ant.erior ; .l" La dcclaradon de D. tiuillermo