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F.ULOS DI U SUPRBIIA CORTI

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 18 ID: fallos_18_142

Jueces

Costa

Texto del Fallo

Uí6 F.ULOS DI U SUPRBIIA CORTI legal, llo ha lugar¿ la rebeldía que se le acusó por la D. Angel R. Gateia, y habiendo la Suprema Corte declarado en los con- sidetandos 5° y 6° de ·su sentencia de f. 9.J, que al vend~dor citado de etriccion tro se le puede obltgar á litigar, ni á qtre entre -en el pleito, y que es absolutamente potestativo en él tomar ó no á su cargo la defensa del comprador demandado; y que por consiguiente la Provincia de Santa-Fé no puede ser considerada como parte de este cuttnto,· á que se agrega que el Fiscal de la misma, en su :representacion, se opone abier- tamente en su escrito de f. t~. í. que salga á la eviccion por laa razones que con verdad 6 sin ella aduce. Traiganse los autos del interdicto pro~ovido para resolver segun su estado lo que por derecho corresponda, dejándose para apreciar en- t6nees, que es su oportunidad, los demas puntos referentes á él qtie contienen los respectivos escritos de las partes, y á la de D. Angel R. Garcia, sus derechos á salvo para que los deduzca contra y ante quien crea corresponderle. Repóngase los aellos. Fenelon Zuviria. Buenos Aires, Setiembre 9 de 1876. Vistos: por sus fundamentos se confirma con costas el auto apelado de foja ciento cincuenta y cinco, satisfechas las de la instancia y repuestos los sellos, devuélvanse. JOSt BAIUOS PAZOS. - J. B. CO· ROSTIAGA. -J. DOIIINGIJEZ.-S. 11. LüPlUR. e ..... , ... e