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SUPilB!IIA COnTE

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 18 ID: fallos_18_148

Voces / Materias

ADUANA

Texto del Fallo

t'.\LL06 DE U SUPilB!IIA COnTE Por estos fundan1entos, no ha Jugar á la ejocucion, con co:;tas al ejecutante. Repóngase los sellos. f'enelon lut: iría. Habiendo apelado el .Procurador Jt'iscaJ, se dictó <'Sto Falle •e la 8up•e•• (;e•••· llueuos Aircll. Setiembre 9 do 18i6. Yistns: y considerando que, })Or reg-la general, el cesionario no puede tener m('jor derecho ni nw~·ores ]>rivilt·gio que tus que tt nia el cedente. Que truUndo~e de letra¡;; de .\duann, el dcscontador 6 cndo nturio 110 ticnt' dcn•dto de cobrarla · por Mi ejccut ivamentc del deudor. pu<·s ·u dt•re<'hCI. ,.t•ncido t•l plazo de la letrn y no cubierto :;u impnrtt• por el deudor ó ~ ~~ llador, e tú limitado segun lo di ·puc:;to por los artículos rit'nto c- tcnta y cuatro y ricnt o setenta ~· ileis de la · Ordl•nnnzas de Atluana, ú protcstarla l'n dcbitla forma )' prc.::cntnrlu dt·ntro de tercero día :í la Aduana que l:t dc··rontó, quien debed cu- brir á la vista su importe y g-a tos dt-1 prott'~ t o , .r rohrflrlu por u cuenta y dr conformidad con lo di ~ ¡ .ucs to en los artículo:! ciento ~etcnta y UUC\'C :i ciento oclwntn ~' sieh' •le In:; mi ma~ Ordenanzas. Por e tos fullflamcntos y lo ~o n oo rrlant{'S de la sentencia apelada, se confirma c tu . .r 'l at i sfcc ho ~ la · co~ta ' de la in ·tnncia y r CJHII' t.os l o~ sellos, Mnr6lvan ·e. JOS~; IIAI\ItOS ll,\ZOS.- J . D. GOilOS· TIACA. - J . DOlii~Ct:EZ . - S. ~1 . LASI•Il:ll .