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Gobierno Nacional Sl' haya asociado á otros accionistas par-

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 18 ID: fallos_18_160

Voces / Materias

BANCO

Texto del Fallo

t&t FALLOS DE LA &VPil!IU. CORTE Gobierno Nacional Sl' haya asociado á otros accionistas par- ticulares para constituir este Banco, no le quita el carácter jurídico de Banco Nacional. Que semejante á este era el B1Lnco Nacional de los Estados-Unidos, do cuya. Constitu- cion tomó la nuestra, la institucion del 13nnco Nacional. Que por el art. 100 de la Con 'titucion, el conocimiento do esta causa corresponde á la Justicia Sacional. Que tenien- do presente que el Banco es una crcacion del Congreso Na- cional, autorizado ad hoc por la Constitucion, que el Go- bierno Nacional es uno de los primeros accionistas y que autoriza parte de sus opl'raciones por conducto del Inspec- tor ~acional, que su domicilio l':; en el territorio que sirve de asiento al Gobirno Nacional, no puede abrigarse la me- nor duda de que todo asunto quo so siga p11r el Banco 6 contra el Banco, pertenece jure suo, al conocimiento de los J ozgados Federales. Que una persona jurídica de oreacion nacional, no puede sor juzgada sinó por la justicia nacio- nal. Que una tic las causas de In. institucion del pocler ju- dicial <le la nacion, ha sido principalmente In •le conseguir por medio de }(ls tribunales fcdéralé ·, sujetos á una soln Corte Suprema, la uniformidad de In · decisiones en los asun- tos referentes á las mrius faces •lo la vida nacional. Que e ta uniformitlacl do jnrisprudenci1\, no podía conseguirse si de los asuntos del Unnco, pudieran cooocl'r las justicias lle las dircrsas Prorincias de la Uepública. Que I:L ley de los Estados-"'Gnidos establece, qne los Jueces de Seccion tienen jorisdiccion sobre todas las cau ·as seguidas por 6 contra cualquiera asociacion establecida en ,·irtud de una ley rela- tiva á las asociaciones do Bancos Sacionales en el territo- rio de la jurisdicciou de sus Juzgados.