DE JUS11f.IA NACIO!'fAL
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 18
ID: fallos_18_175
Jueces
Costa
Texto del Fallo
DE JUS11f.IA NACIO!'fAL
t79
esto juzgado no pul•Jc conocer, y realmente seria a¡¡i; pero
como en el asunto en cuestion lo que ha sido demandado
por los Sres. Jncobo y Juan S¡>nngonberg es en uso y cjer-
d cio de un derecho
pcr ~ onal , sobre lo que les pertenece
solidariamente, por compra hecha ú un argentino en terri-
torio argentino, re ·u Ita t¡uc tambien es claro, que tienen
derecho para hacerlo ante el .Juez que le compete, aun
cuando de ello puedo resultar que un tercero, estrangcro,
venga :í alegar dererhos contradictorios; y que r>or lo tan-
to, la escepcion incurre en la mi$UH\ falta de exactitud quo
las do anteriore .
I•or estas consideraciones y fundamentos, definit.ivamente
juzgando declaro por inadmi ·ibles y de ningun valor las
c-scepci.ones dilatorins que se han aducido y que no pueden
tener efecto en el presente caso, con costas al ~r. D. .T uan
'fudory que los hn interpuc to: debiendo corrGr el traslado
pendiente. siempre que no <' ar>clarc. Hepúnganso los sellos .
. l 11l011i0 larCII.
Apelatla e ·ta sl'nt t•ntill; la .'uprt•ma e 'ortl' pasó rista de los
autos al .'r. Vrocurador (i t>n<•ral.
VISTA DEL SE~OR PRtiCUIIADOR GENERAL
Suprema Corte:
Buenos Aires, SCliembre ro tJ,. 18its.
En Jos presentes autos se trata do una mensura p<'dida
nnto el Juez Seccionul de Rntrl'-Rios, y protestada en el
acto mismo por la vendedora y un poseedor.
e Por hubor sido ordenada por Juez incompetente, por