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Los mismos comparecieron en seguida ante el Juez Pro-

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMPETENCIA
Tomo 18 ID: fallos_18_176

Voces / Materias

COMPETENCIA

Texto del Fallo

FALLOS DE L~ SUPREMA CORTE haber tomado (los compradores) campo que no les babia i- do vendido, y por otras razones mas que han bocho constar. • Los mismos comparecieron en seguida ante el Juez Pro- vincial formaliz-ando la protesta, y pidiendo que fuese ele- vada e en oportunidad al conocimiento del Juez que ordenó indebidamente la mensura. • El Juez de • 'eccion so limitó á agregar las actuaciones e para pro\'ccr en oportunidad lo que corre ponda en dere- cho y segun ley, segun la accion que se interponga. • Pedida despues ante el mismo la aprobacion de la men- sura, y conferido e traslado á los interesados, • sin emcuar este, reprodujeron aquellos la csccpcion de incompetencia, con la de deferto lrgal en el modo de proponer In demanda; fundando la primera en el artículo 2 tle la lry del 62 y fO de la del 63, y In segu ntla (•n que no había toe la ,·la de- manda de ningun g~ nero, ni el 1lNnandantc babia ncrcclitado que el caso entraba en la jurisdirrion nacional. En opinion del Procurador (ieneral tntl,t est.t discusion l'!i enteramente \'IIIHI, y la ·cnlcnria del Jue7. ~ccr i ona l, r¡uc se declara competente, dchc ser re\'ocatla. Toda l'ucnsnm dehe pedirse ante el .Juez Jlro\'incial, por- r¡uf' l'tendo e::rcpcional la juri ·dic<'inn de los .Jueces FNlc- rul(.'s, solo puede ejercitar)c JIOr ti ispo·:icion es¡m•sa, y nin- guna )('y les atribuye el conocimiento de estos casos. 'V na mensum adcmas no es una denlllntla, r¡ u(.' consenti.Ja ¡metla radicar juriscl irrion ante .lue7. incompclcntt•, ~eg nn lo tlispu(.'sto por (.'1 arlícu lo t2, inciso •!" de la ley dr·l 63. T.os lindero,; ó poseedores l1abinn podido a ~ i s tir ;i ella ha ta sin prot<>star, y no por eso habría qlll•dado prorogatla la j urisdiccion i ncomp4?ten t c. C. 1'rjcdor.