Los mismos comparecieron en seguida ante el Juez Pro-
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMPETENCIA
Tomo 18
ID: fallos_18_176
Voces / Materias
COMPETENCIA
Texto del Fallo
FALLOS DE L~ SUPREMA CORTE
haber tomado (los compradores) campo que no les babia i-
do vendido, y por otras razones mas que han bocho constar. •
Los mismos comparecieron en seguida ante el Juez Pro-
vincial formaliz-ando la protesta, y pidiendo que fuese ele-
vada e en oportunidad al conocimiento del Juez que ordenó
indebidamente la mensura. •
El Juez de • 'eccion so limitó á agregar las actuaciones
e para pro\'ccr en oportunidad lo que corre ponda en dere-
cho y segun ley, segun la accion que se interponga. •
Pedida despues ante el mismo la aprobacion de la men-
sura, y conferido e traslado á los interesados, • sin emcuar
este, reprodujeron aquellos la csccpcion de incompetencia,
con la de deferto lrgal en el modo de proponer In demanda;
fundando la primera en el artículo 2 tle la lry del 62 y fO
de la del 63, y In segu ntla (•n que no había toe la ,·la de-
manda de ningun g~ nero, ni el 1lNnandantc babia ncrcclitado
que el caso entraba en la jurisdirrion nacional.
En opinion del Procurador (ieneral tntl,t est.t discusion
l'!i enteramente \'IIIHI, y la ·cnlcnria del Jue7. ~ccr i ona l, r¡uc
se declara competente, dchc ser re\'ocatla.
Toda l'ucnsnm dehe pedirse ante el .Juez Jlro\'incial, por-
r¡uf' l'tendo e::rcpcional la juri ·dic<'inn de los .Jueces FNlc-
rul(.'s, solo puede ejercitar)c JIOr ti ispo·:icion es¡m•sa, y nin-
guna )('y les atribuye el conocimiento de estos casos.
'V na mensum adcmas no es una denlllntla, r¡ u(.' consenti.Ja
¡metla radicar juriscl irrion ante .lue7. incompclcntt•, ~eg nn lo
tlispu(.'sto por (.'1 arlícu lo t2, inciso •!" de la ley dr·l 63.
T.os lindero,; ó poseedores l1abinn podido a ~ i s tir ;i ella ha ta
sin prot<>star, y no por eso habría qlll•dado prorogatla la
j urisdiccion i ncomp4?ten t c.
C. 1'rjcdor.