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(muer di•·ba:i muln!<.

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 18 ID: fallos_18_181

Judges

Barra Ramos

Keywords / Subjects

CONTRATO

Ruling Text

DE JtlSTICI.A NACIONAL i85 venta) que tenia autorizacion de dicho Sr. Barbió para \"(muer di•·ba:i muln!<.» Y en el escrito de f. 65 (1°• cuerpo) dice: el Sr. Bar- hió sabe mejor <¡ue yo que las 592 mulas que traje de San- tiago, me fueron ontroga<lns por el ~r .. \bsalon lbarra: 200 do ellas ''ondidas en ·virtud de a1ttm·izac1011 r¡ue tenia al efecto: y en r~tyo méntt, tuvo lur.,tar el contrato de compra- 'l rnta 'JIU' ttlli celebramos ; y las 302 restantes en comision personal á mí para r¡ue la·· pusiera en invernada y las en- trcgarn. al Sr. Sao Miguel. De o tos antecedente , suministrados por lo: nusmos escepcionante , se dc(lnce : r¡u(' '31 Sr. Tabonda, ó su en- cargado D. Ahsalon Ibarru, no procedieron en su nombre y por su propia cuenta en la ,·cnta de ft.lle se trata, pttesto que han cuidado de manife~tar al comprador con marcada insistencia, que las mulas no emn s uya:~ sinó de D. Abelardo Barbié: r¡.ue tenían nutorizacion de este para. enngenarlas, y que era eiJ virtud de esta autorizacion que ejecutaron la venta. F.l artículo 72 tlcl Código Giril, titulo "Del Mandato l> 1 dispone: que ccn caso do duda, si el contrato ha sido hecho á nombre del mandante y :í, nombre del mandatario, se aten- derá ¡í, hl naturalez1t del negocio, ;Í lo que por el mandato so enca.rgab;L r :1 lo dispuc to en el ('6digo tlc Comercio sobre comisiones. El Código de Comcrrio, especialmente aplicable en esto cnso no solo por esta di ·posicion del Códig-o Civil, sinó porque el asunto lle que e trat:L es comercial por su na- turaleza., drspues ele clerinir JlOr el artículo 200, Tít. e del Man- dato» y de las comisiones y cons i gnaci on e~ , cJo que es el mandato en general, dice en el artículo- 300, concordante con el art. 335: c ~e llamfL especialmente mandato cuando el que administra el negocio obra en nombre de la persona que se lo h 1\ cncomemlado ...