Por donde se vé : que D. Gaspar Taboada, que ha teni-
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 18
ID: fallos_18_182
Keywords / Subjects
CONTRATO
NULIDAD
Ruling Text
FALLOS DI U SIJPUIIA COI\TE
eSe llama COQlision 6 consignaeion cuando la persona que
desempeña el negocio obra en nombre pr• ... pio, ltn declarar
el n0171hn del individuo que le hizo el encargue. •
Por donde se vé : que D. Gaspar Taboada, que ha teni-
do especial cuidado de manifestar al comprador que las
mulas no eran suyas: que le ha hecho presente que tenia
autorizacion para enagenarlas; y que, en fin, ejecutaba la
venta en virtud de esta autorizacion, declarándole al mis-
mo tiempo el nombre de la persona que lo autorizó, no
Jm)CCdió en el contrato como comisionista, sin6 como man-
datario ; pues estas declaraciones características del con-
trato, y que el mismo comprador Sr . . Peña confiesa, segun
consta de los antecedentes transcritos, se hubieran omitido
como in6tiles, si el vendedor hubiera tenido el propósito de
celebrar la venta en su propio nombre y por su cuenta.
Siendo, pues, esto asf, la cuestion debe decidirse por las
leyes que rigen el mandato, y, segun estas, los actos jurí-
dicos hechos por el mandatario en los limites do sus po-
dereg y á nombre del mandante" deben considerarse como
si hubiesen sido hechas por este último personalmente.
Los derechos y obligaciones que nacen de las convencio-
nes así celebradas, por el mandatario, son directamente
adquiridas para el mandante, y le obligan personalmente
hacia los terceros con los cuales el mandatario contrató.
De modo que este no puede, ni reclamar en so propio
nombre la ejecucion de »emejantes convenciones , ni ser
personalmente demandado por el cumplimiento de ellas (art.
308 del Código de Com. y 78 y 79 del Código Civil, Tít.
Del Mandato).
De donde se sigue: que la personería de D. Abelardo
Barbié para jestionar, en su ca.lidad de mandante la vali-
dez 6 nulidad del contrato de venta celebrado por D. Gas-
par Taboada, como mandatario, y pedir su cumplimiento