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DE JUSTICIA l'IACIONAL

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 18 ID: fallos_18_187

Jueces

Costa

Voces / Materias

CONTRATO QUIEBRA CONCURSO

Texto del Fallo

DE JUSTICIA l'IACIONAL t9t Aceval á pagar los alquileres vencidos, pedía que el mon· cionado fiador reconociera su firma en el contrato do arren- damiento, para preparar asi la correspondiente accic,n, cuyo juzgamiento correspondía á la justicia nacional, por ser Aceval extrangero y el Dr. Zavnlia argentino. El Juzgado ordenó que Aceval compareciera á practicar el reconocimiento solicitado. Notificado Acevnl, pidi6 al Juzgado que se declarase in- competente, condonando en las costas al (demandante. Que la mayor parte de los alquileres adeudados, eran posteriores á la quiebra, los que, segun la jurisprudencia del Tribunal do Cou."'""io de la Provincia, eran debidos no por el fallido sin6 por el concurso representado por el síndico, el que no podia ser demandado sin6 ante el mismo Juez del concurso. Que el Dr. Zavalia no ha podido demandar al esponente, sin6 en el caso de que el síndico no le hubiese pagado ha- bi~ndosele cobrndo. Que el Dr. :lavalia babia permitido la extraccion <le los bienes que estaban en los almacenes, perdien· do así el privilegio que tenia sobre dichos bienes y haciéndolo perder al esponcnte, cuya conducta lo pone en el caso do pedir ante el Juez competente, c¡ue so declare estinguida la fianza. Que es evidente cuando menos que el juicio or· dinario, consecuencia del ejecuth•o, que pretende iniciar el Dr. Zavalia, debe seguirse ante el Juez del concurso, y esto prueba que el juicio ejecutivo es tambien de aquella juris· diccion, pues de otro modo podria resultar un conflicto de jurisdicciones. Que el Código Civil en el título de h• loca- cion, si bien da accion ejecutiva contra el locatario, no la dá contra el fiador. Pidió al Juzgado que se declarase incompetente para cono· cer de la causa. Corrido traslado, Condom por Zavalia, contesto: que no edando aun entablada la demanda, y tratándose del reco-