DE JUSTICIA l'IACIONAL
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 18
ID: fallos_18_187
Jueces
Costa
Voces / Materias
CONTRATO
QUIEBRA
CONCURSO
Texto del Fallo
DE JUSTICIA l'IACIONAL
t9t
Aceval á pagar los alquileres vencidos, pedía que el mon·
cionado fiador reconociera su firma en el contrato do arren-
damiento, para preparar asi la correspondiente accic,n, cuyo
juzgamiento correspondía á la justicia nacional, por ser
Aceval extrangero y el Dr. Zavnlia argentino.
El Juzgado ordenó que Aceval compareciera á practicar
el reconocimiento solicitado.
Notificado Acevnl, pidi6 al Juzgado que se declarase in-
competente, condonando en las costas al (demandante. Que
la mayor parte de los alquileres adeudados, eran posteriores
á la quiebra, los que, segun la jurisprudencia del Tribunal
do Cou."'""io de la Provincia, eran debidos no por el fallido
sin6 por el concurso representado por el síndico, el que no
podia ser demandado sin6 ante el mismo Juez del concurso.
Que el Dr. Zavalia no ha podido demandar al esponente,
sin6 en el caso de que el síndico no le hubiese pagado ha-
bi~ndosele cobrndo.
Que el Dr. :lavalia babia permitido la
extraccion <le los bienes que estaban en los almacenes, perdien·
do así el privilegio que tenia sobre dichos bienes y haciéndolo
perder al esponcnte, cuya conducta lo pone en el caso do
pedir ante el Juez competente, c¡ue so declare estinguida
la fianza.
Que es evidente cuando menos que el juicio or·
dinario, consecuencia del ejecuth•o, que pretende iniciar el
Dr. Zavalia, debe seguirse ante el Juez del concurso, y esto
prueba que el juicio ejecutivo es tambien de aquella juris·
diccion, pues de otro modo podria resultar un conflicto de
jurisdicciones. Que el Código Civil en el título de h• loca-
cion, si bien da accion ejecutiva contra el locatario, no la
dá contra el fiador.
Pidió al Juzgado que se declarase incompetente para cono·
cer de la causa.
Corrido traslado, Condom por Zavalia, contesto: que no
edando aun entablada la demanda, y tratándose del reco-