F.u.LOS DB L1 ltlPRBJU CORTE
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 18
ID: fallos_18_196
Ruling Text
F.u.LOS DB L1 ltlPRBJU CORTE
derechos do esportacion del mismo no puede declararse nulo
por el hecho de presentarse el propietario,
Ca~o. - En el aiio i872,la Contaduría Oenoral de la Nacion
formuló un cargo por valor de 6.J93 S fts. 92 ctvs. contra D.
Juan B. Suburo, como agente de los Sres. Benitez y e~~ .. sala-
deristas en Gualeguayohú, por error en el aforo do cueros sala-
dos exportados, consistente dicho error en que los cueros s0
habían aforado, de acuerdo á una publicaoion equivocada en
el Boletín Oficial do la Nacion, dando como aforo para los
eneros salados, 3;~ en lugar do 4,750.
Habiéndose extraviado los antecedentes originales que so
remitieron al Juzgado ~aciomll, la Contaduría, en Octubre
de f874, elevó al Ministerio de Hacicnd!l una cópia ele los
mencionados docu,mentos, la que fué remitida al Juzgado Na-
cional de Entre-Ríos.
Dada vista al Procurador Fiscal, ésto inició ojecuoion con-
tra Suburo por la cantid<ld espresada de 6,4U3 S fts. 92 ctvs.
Dictado el auto do solvendo y mandado notificar por el
Juez de Paz do Oualeguaychú, este di6 cuenta que Suburo
se babia ausentado li Europa,
Hecha saber e ·ta diligencia, el Procurador }'i cal pidió que
la notificaci.on so estcndiora diroctumontc con Bonitez y C•.,
que eran los que aparecían deudores al Fisco.
,IJa notificacion se hizo (L J. Bonitcz é bijo, quien manifestó
que halllindo o Suburo en Europa y que habiendo sido él
quien tenia y <'Xplotal>a el saladero en ltL época en que esos
frutos se exportaron, ÍL él corres}'ondia esto asunto ; y que le
habían pedido instrucciones al respecto.
El Procurador Fiscal á quien se corrió ,·ista, es puso: quo
la escosa de los ejecutados seria ona excepciou que harían
valer á so tiempo, y que por el momento solo debía pedir y