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D! IUSTICIA lUCIOIUL

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 18 ID: fallos_18_199

Jueces

Costa

Voces / Materias

ADUANA NULIDAD

Texto del Fallo

D! IUSTICIA lUCIOIUL l'aranfl, Abril 29 1lo 1876 Y \'istos : por los fundamontos ospuestos por el Procurador Fiscal en su antt'rior ''ista y lo certificado por la Contaduría General en el informe de f. 53 vtn. llévese adelante la ejecu- cion, con costas, repónganse los sellos. A nlonio Zarco. ~oti ficado \' iiia , apeló y el recurso se lo otorgó en relacion. Dcspues que se ''i6 la cau ·a se dió \'i ta al señor Procnrador Gent'ml, quien se ospiuió on los siguientes términos: VISTA DEl. JlROCURADOil GENERAL Suprema. Co1·te: El }' isco no cobra ·in6 ejecutinunente lo que se le debo por derechos de Aduana, y por eso los documentos, emanados de sus representantes, con q~e demanda ante la justicia ordi- naria, en defecto de mercaderías en Aduana tienen fuerza ejecutiva. Do estos autos aparece, adornas, dirigido ol cobro desde un principio contra la casa de Bcnitcz, csportadora do los cueros en cuyo aforo tuvo lugar el error; y es inadmisible que haya inhabilidad do título, ni menos nulidad de lo actuado por la circunstancia de mencionarse sus gerentes en algunas deligen- cias 6 designarse la misma casa con distintas denominaciones, provenientes de la malicia misma del ejecutado, y de no estar