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resulta eridentemente que la mesa recep- tora se instaló en la puerta del juzgado sin prévio aviso, eontra la convocacion del Juez de Paz para el átrio de la Iglesia y sin otra razon para elrgir aquel paraje, que el inte- rés electoral de sus miembro

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
ELECTORAL
Tomo 18 ID: fallos_18_209

Keywords / Subjects

ELECTORAL

Ruling Text

DI JUSTICIA lUCIOl'UL viendo á estos como á los conjueces suplentes D. Ramon Mo- reira y D. Carmelo Valdez de los demas cargos de la deman- da con los costos á los titulares de mancomum et in solidum, esceptuando las que se refieren al considerando octavo que serán satisfechas por el que las hubiere causado, repónganse los sellos. Jlardoqueo Molina. VISTA DEL SMOR PR\'CURADOR C!MIUL Suprema Corte: Buenos Aires, Setiembre 16 de 18'16. De estos autos resulta eridentemente que la mesa recep- tora se instaló en la puerta del juzgado sin prévio aviso, eontra la convocacion del Juez de Paz para el átrio de la Iglesia y sin otra razon para elrgir aquel paraje, que el inte- rés electoral de sus miembros. Resulta ademas la apertura fuera de hora, el eambio de local durante la eleccion, y la falta de urna y registro, con- secuencia de sus propios hechos y causa al mismo tiempo de otras irregularidades. Creo pues equitativa Ja seotfncia del Juez de Seccion, y pido su confirmacion. C. Tejedor. 11 J •• •