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DE· JtJS11CIA' I'CACIOlUL

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 18 ID: fallos_18_213

Ruling Text

DE· JtJS11CIA' I'CACIOlUL D. J.ius Dagni11o de A11tonio contra D. Cárlos Gastald,, 1obre cobro de comision y fletes. Sumario.- t o El consignatario del buque no puede cobrar al armador ó fletante mas gastos, ni comision que la conve- nida. ~ El mismo debe pagprlc todo el fleto estipulado, aunque no haya podido cobrar lo que adeudan todos los cargadores, si estos han subtletado el buque á los .fletadores. Caso.-El caso se halla espuesto en el siguiente: Falle •el 41uea Seeelenal Bnenos Aires, Abril 18 de l8i6. Vistos: los auto:t seguidos por D. Luis Dagníno do Antonio contra D. Cárlos Gastaldi, por cobro de pesos procedente de la • consignacion de la Barca e Gastaldi • de los que resulta lo si- guiente: to Que en !9 de Julio de t873, D. C. Gastaldi y H0, armado- res del buque denominado e Gastaldi • celebraron en GénoYa