FULGe. K U ll!PUIL\ 001.\TI
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 18
ID: fallos_18_226
Judges
Costa
Mendoza
Ruling Text
FULGe. K U ll!PUIL\ 001.\TI
es·la que motiva la presente demanda, aunque? se trata de ae-
eiones sociales·; ·se confirma por sus fundament~s la sentencia
apelada, y se declara que el Juez N~cional es el compe~ente
.
.
para conocer en esta causa. Corüuníquese por oficio esta de-
cision 'al Tribunal Superior do Mendoza, y remítase el espe-
diente, satisfechas las costas de esta instancia y repuestos los
sellos, al Juez Nacional de la misma Provincia para que asu-
miendo la ju¡isdiccion de que se ha desprendido, conozca de
la demanda y la resuelva conforme á derecho.
IOSt BARROS PAZOS.-
J. B. GO-
ROSTU.GA. -
1. DOIII1'4CUEZ. -
S. JI, USPIUR.
1 = i.!'i!B' m: •
(Lt.118A. .-,II"III.
L01 Sres. Daceo y Basigalupi y e•. contra el Filco.
Sumario.- No mejorándose la apelacion dentro del tt:!"lino
del emplazamiento, se declara desierto el J'ecnrso á la pri-
mera rebeldía que acuse el apelado.