D. Francisco Uribum, contra el Banco Nac1onal,
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 18
ID: fallos_18_247
Voces / Materias
BANCO
Texto del Fallo
D. Francisco Uribum, contra el Banco Nac1onal,
sobre C011Ú[JIIOCiOII.
Ut
Suinario.- t o Las letras de cambio deben pagarse en las
monedas que ellas indican.
~ Una letra girada á pesos fuertes no puede pagarse con
billetes de .Banco que no son convertibles á lB vista en nu-
merario y á los que ninguna ley dá el carácter de curso legal
6 forzoso.
3° Para que la consignacion surta los efectos de pago, es
necesario que sea de la misma cosa debida.
Caso.-D. Eduardo Argcrich, en rcprcsentacion del Banco
~acional, ocurrió ante el Juez de Seccion esponiendo, que
D. Francisco Uriburn tenedor de letras giradas por las su-
cursales de Salta y Jujuy, se babia presentado al Banco á
cobrarlas á su vencimiento. Que habiéndose negado á aceptar
los billetes del Banco, pretendiendo ser pagado en oro babia
hecho protestar laa letras. Que la pretension de Uriburn era
injusta, pues que un giro de una sucursal del Banco sobre
el Banco mismo era naturalmente pagadera en billetes de so
emision. Acompañando el boleto de depósito á la órden del