FALI.OS DE LA SUPREMA CORTE
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 18
ID: fallos_18_260
Jueces
Costa
Voces / Materias
BANCO
Texto del Fallo
FALI.OS DE LA SUPREMA CORTE
Llamados autos para definitin, despues de sustanciado el
incidente, D. Josó Pagano esposo: que algunos días despucs
de elevados los autos á la Suprema Córtc. su abogado D. Da-
niel Simon Aubone, bajo el supuesto f¡ue el Juoz no tendría
en ningun tiempo que conocer en dicho recurso, encontrán-
dose ambos en el Banco de Cuyo, le pidió su opinion sobre el
resultado del incidente, por cuanto ln l.oy de Procedimientos
nada decia al respecto ; y hallándose presentes los vecinos
D. Juan J osó Vit.lohl, D. Juan Cuello y D. Bladio CHgena, el
Juez contestó que su juicio era luh·erso tLl recurso, por razon
de que los peritos habían firmado antes de Yencer ~ e el plazo,
sin que importase nada á la cnestion quP el lnutl.o hubiese sido
presentado al escribano, dos dias despucs de l'encido el tér-
mino que se les seiialó para espedirse.
Que con razon cree que esa opinion sea la misma en que el
Juez funde su fallo, y que comn eso lo iuhabilit1t para cono-
cer del recurso, le pcdia, con el juramento dP ilt•rocho, se in-
hibiera de su conocimiento. y que si M Í no lo hacia lo recu-
saba en forma.
Falle •el .luea •~ !llerrlen.
-
~an Junn, Junio 3 de 1876.
No siéndole permitido al .Juez por el artírulo trei11ta y treJ
de la ley de Pro cedimi ento!~ , aceptar de plaoo causales t.le re-
ousacion, sin que se abra á prueba sobre los hechos en r¡ue ella
se funda ; y siendo la recusacion
i n tcquu~ ~ t.t. intemre ·tira ,
de conformidad á lo dispuesto en los articulo-: 'llf'Ínte !1 ocho,
treinta y trts y cuarenta !J cuatro de la
l ~y de procedimien-
tos¡ no ha lugar á ella, con costas.
1\'atonae/ .llorrillo.