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FALI.OS DE LA SUPREMA CORTE

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 18 ID: fallos_18_260

Jueces

Costa

Voces / Materias

BANCO

Texto del Fallo

FALI.OS DE LA SUPREMA CORTE Llamados autos para definitin, despues de sustanciado el incidente, D. Josó Pagano esposo: que algunos días despucs de elevados los autos á la Suprema Córtc. su abogado D. Da- niel Simon Aubone, bajo el supuesto f¡ue el Juoz no tendría en ningun tiempo que conocer en dicho recurso, encontrán- dose ambos en el Banco de Cuyo, le pidió su opinion sobre el resultado del incidente, por cuanto ln l.oy de Procedimientos nada decia al respecto ; y hallándose presentes los vecinos D. Juan J osó Vit.lohl, D. Juan Cuello y D. Bladio CHgena, el Juez contestó que su juicio era luh·erso tLl recurso, por razon de que los peritos habían firmado antes de Yencer ~ e el plazo, sin que importase nada á la cnestion quP el lnutl.o hubiese sido presentado al escribano, dos dias despucs de l'encido el tér- mino que se les seiialó para espedirse. Que con razon cree que esa opinion sea la misma en que el Juez funde su fallo, y que comn eso lo iuhabilit1t para cono- cer del recurso, le pcdia, con el juramento dP ilt•rocho, se in- hibiera de su conocimiento. y que si M Í no lo hacia lo recu- saba en forma. Falle •el .luea •~ !llerrlen. - ~an Junn, Junio 3 de 1876. No siéndole permitido al .Juez por el artírulo trei11ta y treJ de la ley de Pro cedimi ento!~ , aceptar de plaoo causales t.le re- ousacion, sin que se abra á prueba sobre los hechos en r¡ue ella se funda ; y siendo la recusacion i n tcquu~ ~ t.t. intemre ·tira , de conformidad á lo dispuesto en los articulo-: 'llf'Ínte !1 ocho, treinta y trts y cuarenta !J cuatro de la l ~y de procedimien- tos¡ no ha lugar á ella, con costas. 1\'atonae/ .llorrillo.