FALL08 H U ...
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 18
ID: fallos_18_326
Jueces
Silva
Voces / Materias
BANCO
COMPETENCIA
Texto del Fallo
FALL08 H U ...
DA COilft
ticular de comercio sin6 una instituoion de otro carácter y
qae respondiera ' fines de mucha mayor trascendencia, usan-
do el Congreso de la facnltad que le. confiere el artículo 67,
inoiao 5° de la Constitucion.
SO El conjunto de atribuciones, exenciones y pr~vilegios
que tiene el Banco, ne> responden á la idea de un estableci-
miento privado, sinó á la de una institucion pública creada
em pro(eMJ para fines de administracion nacional.
SO Si al mismo tiempo se le autoriza para negociar con
particulares y hacer toda clase de operaciones bancarias, no
es sinó como medio indispensable de dar vida á la institucion
y habilitarla para llenar cumplidamente su~ fines .
.¡o La Constituoion no exige que el Congreso funde un
Banco rigurosamente de Estado, dirijido por los Poderes
Públicos de la Nacion.
5° Confiriendo la autorizacion sin determinacion de forma
ni sistema, la Constitucion ba dejado la eleccion al prudente
arbitrio del Congreso.
6° El Congreso, eligiendo el sistema de una gran compa-
ñia por acciones, no ha hecho mas que seguir los consejos
de la ciencia y los ejemplos mas caracterizados.
7° Todas las cuestiones quo dimanen de los actos y
operaciones del Banco Nacional, son de la jurisdiccion na-
cional,
CtUo.-El Dr. D. Juan A. Oarcía aceptó una letra de cambio
valor de t,700 8 fts. jirada por D. Federico Silva á favor
del Banco Nacional.
Protestada la letra á su vencimiento por falta de pago, el
Banco inició ejecucion contra el aceptante y se libró el auto
de solvendo.
En este estado se presentó el Dr. D. Juan A. Oarcía de-
duciendo exeepcion de incompetencia.
Dijo que siendo él