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FALtOs DE LA SUPREDA CORTE

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 18 ID: fallos_18_385

Jueces

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Texto del Fallo

FALtOs DE LA SUPREDA CORTE (artículo t!-16· del Código de Comercio) ni ha sido ratificado en la estaeion de la prueba, ni por último puede cohonestarsc con otras constancias del espediente. 6° Que consta de notos quo el Capitan del c•Z ulei ka:~ se pre- sentó ante el Cónsul de su nacion (f. 61) y protestó de los accidentes de mar que hnbian sobrerenido al bergantín en ln travesía, de conformidad ñ lo pr1·scrito en el art.ículo i099 del Código de Comercio y que esa protesta y decl:lracion no eontradicha hacen presumir legalmente la existencia de los accidentes que denuncian, hasta que no se pruebe lo contrario, y contra esa presuncion no puede hacerse valer las conjeturas de los peritos de f. 8 que parten del hecho contrario de que el buque no sufrió esos accidentes, habiendo navegado siempre con vientos favorables á su rumbo. 7• Que aunque los d emand~t ntes han alegado que el cZulei- b• debió solicitar y no solicitó el certificado del Lloyd lngléR, de gue babia un agente en Nueva-York, lo que hace presumir que no estaba en estado de navegabilidad ; contra esta presun- eion milita lo expuesto en el considerando tercero y el AeCho no desconocido por los demandantes de que el buque fué pré- viamente reparado, no habiéndose por otra parte intentado probar que al Zuleika se le hubiera negado esa patente ósea certificado por el Lloyd Inglés. Por estas consideraciones fallo absolviendo al Capitan del Zulei"ka D. Jaime Wnlsb de la demanda deducida contra él por los Señores Devotto Hermanos y ordenando en consecuencia que se levante el embargo trabado en el Oete y su entrega á dicho Capitan con mas los costos del juicio. Hágase saber orijinal y repónganse los sellos. l&idoro A lbarracin.