FALtOs DE LA SUPREDA CORTE
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 18
ID: fallos_18_385
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Texto del Fallo
FALtOs DE LA SUPREDA CORTE
(artículo t!-16· del Código de Comercio) ni ha sido ratificado
en la estaeion de la prueba, ni por último puede cohonestarsc
con otras constancias del espediente.
6° Que consta de notos quo el Capitan del c•Z ulei ka:~ se pre-
sentó ante el Cónsul de su nacion (f. 61) y protestó de los
accidentes de mar que hnbian sobrerenido al bergantín en ln
travesía, de conformidad ñ lo pr1·scrito en el art.ículo i099
del Código de Comercio y que esa protesta y decl:lracion no
eontradicha hacen presumir legalmente la existencia de los
accidentes que denuncian, hasta que no se pruebe lo contrario,
y contra esa presuncion no puede hacerse valer las conjeturas
de los peritos de f. 8 que parten del hecho contrario de que
el buque no sufrió esos accidentes, habiendo navegado siempre
con vientos favorables á su rumbo.
7• Que aunque los d emand~t ntes han alegado que el cZulei-
b• debió solicitar y no solicitó el certificado del Lloyd lngléR,
de gue babia un agente en Nueva-York, lo que hace presumir
que no estaba en estado de navegabilidad ; contra esta presun-
eion milita lo expuesto en el considerando tercero y el AeCho
no desconocido por los demandantes de que el buque fué pré-
viamente reparado, no habiéndose por otra parte intentado
probar que al Zuleika se le hubiera negado esa patente ósea
certificado por el Lloyd Inglés.
Por estas consideraciones fallo absolviendo al Capitan del
Zulei"ka D. Jaime Wnlsb de la demanda deducida contra él por
los Señores Devotto Hermanos y ordenando en consecuencia
que se levante el embargo trabado en el Oete y su entrega á
dicho Capitan con mas los costos del juicio. Hágase saber
orijinal y repónganse los sellos.
l&idoro A lbarracin.