F.ULOI DE LA SOPI\EMA COI\T&
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 18
ID: fallos_18_391
Texto del Fallo
396
F.ULOI DE LA SOPI\EMA COI\T&
Procurador Fiscal en su vista de f. 2t, con referencia al es pe-
diente de ejeoucion, y Jo acredita el informe que por últ.fma
providencia de fecha dos del presente mes de Junio, ha cspe-
dido el actuario, aparece que la primera fué otorgada á los
tres·meses de iniciada la ejecucion contra D. José Carlevaro y
al mes y días que le babia sido notificado el decreto de sol-
vendo; 1 que la segunda lo fué tambien al mes y veinte y nn
dias en que por reiterada providencia de trece de Agosto· del
mismo año le volvió á ser notificad.o el citado decreto y seis
dias despues de que se hallase trabado el embargo sobre la
cosa de que hoy se reclama por un tercero alegando un de-
recho escluyente ; y
Considerando~ t o Que por· esta demostracion que arrojJln
los autos ejecutivos y la fecha de otorgamiento de las citadas
escrituras de la venta de la casa perteneciente al ejecutado D.
José Carlevaro, se comprende que ha habido intencion de de-
fraudar al Fisco, desde que no poseyéndose otros bienes, se
hizo la venta de lo único que se tenia cmmdo ya se hallaba
iniciada la ejecucion. (Código de Comercio, articulo ti9 ).
Esto con respecto & la primera venta hecha por el mismo
ejecutado.
!O Q,ue el otorgamiento de la segunda escritura de venta so
verificó cuando ya la casa se hallaba embargada, siu que en el
momento de trabarse este, ni despnes, se hubiese reclamado
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pero ni protestado por el que segun la primera escritura, á D.
Pedro Calvento ya era dueiio de ella y antes bien se consintió
el embargo, como lo manifiesta el silencio guardado.
3° Que por tales consideracion.cs ante dichas, no pudiendo
la casa que ha sido objeto de las dos sucesivas ventalJ, ser el
objeto de esos dos actoJJ jurídicos en la forma que se presenta
por ser el único bien de un ejecutado primero, y segundo por
hallarse intervenido judicialmente por un mandamiento de
embargo, circunstancias que hacen nulas dichas ~:scrituras,