D! JUSTICIA lUCIO!'CAL
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 18
ID: fallos_18_406
Texto del Fallo
D! JUSTICIA lUCIO!'CAL
41f
"A 118 A
X V l .
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D. Lorenzo fa.cie contra D. Domi1190 TparrtJguirre, por cobro
de pesos. Jrwidcllte sobre prueba~
Slttlla'rio. -
No puede interponerse recurso alguno del auto
n•vocatorio 6 confirmatorio recaido sobre solicitudes de re-
posicion de las proridencias puramente interlocutorias.
Caso. -
En los autos seguidos ante el Juez Federal en Bue-
nos Aires por D. Lotenzo Facic contra D. Domingo lparra-
gufrre sobre cobro de pesos, el Juzgado puso la causa á
prueba.
Vencido el ~rmino de la ley, y puesto por el actuario el
certificado correspondiente, el Procurador Barcos por lparra-
guirre espuso que se le babia hecho saber que los autos esta-
ban en la oficina para alegar de bien probado.
Que como estaban pendientes algunas diligencias de prue-
ba cuya demora no le era imputable, pedia se mandase sus-
pender el t~rmin o para alegar hasta que se hubiesen en cua-
do las diligencias ordenadas.
Al mismo tiempo decia qne para apoyar la prueba rendida,
pedia se librase oficio al Juez de Paz de San Fernando para