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F11ndó la incompetencia diciendo que el documento que fir-

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMPETENCIA
Tomo 18 ID: fallos_18_415

Keywords / Subjects

COMPETENCIA

Ruling Text

FALLOS DE LA SUPREMA CORTE cia y para el caso que no fuese aceptada, la de inhabilidad del título. F11ndó la incompetencia diciendo que el documento que fir- mó en Montevideo como garante de D. :Evnristo Olivera conte- nía una obligacion á pagarse en aquulla ciudad, de donde Oli- vera y el exponente son re5inos. Que el artículo 8 de la ley sobre jurisdiccion nacional t>:<ije que el derecho que so disputa pertenezca originariamente ~· no por cesion ó mandato á personas c¡ue h<lyan podido ocurrir á la justicia nacional. Que el pagaré no es de Romero, sinó de G. Getting, estran- gero, como los firmantes, y que Getbing lo babia llamado para cobrarle antes de iniciar el juicio. Que el documento babia sido prostestado en )[onterideo y la prosteta se ocultaba para que el Juez ignou se l ;L procedencia, • el derecho originario del pagaré al portador. Que aun cuando puede probar todos estos hechos, le basta hacer notar que no se hEL cumplido la ley nacional que manda justificar préviamente el fuero. Que no ha podido demandársele en Duenos Aires, porque so- lo reside aquí accidentahuente sin ánimo de permanecer, te- niendo sus bienes en Monte\·ideo, en donde tamhien se contrajo la obligacion. Que no siendo endosable el documento, solo contiene una obligacion civil, artículo 916 del Código de Comercio, que ha debido demandarte ante el otro Juez que estaba de turno en el mes que se inició el juicio. Fundo la inhabilidad del titulo en que el documento se lli6 por reconocido, en virtud de una citacion que llama nula, por- que se le citó el 25 para el 26 cuando el artículo HO de la ley de procedimientos dispone que la citacion se baga con un dia de lntérvalo. Corrido traalad<' 'Rom€'ro contestó: Que nada importa el ca-