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DE J USTICl~ l"ACIONAL

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMPETENCIA
Tomo 18 ID: fallos_18_416

Judges

Costa

Keywords / Subjects

COMPETENCIA

Ruling Text

DE J USTICl~ l"ACIONAL -12t raíctcr en que el ejecutado firmó el vale pues es deudor solidario segun los artículos 6ft y 6'12 del Código de Comercio. Que probado como está que el esponente.es argentino, nada importa á lo efectos del fuero, que los anteriores tenedores hayan sido cstrangoros, pues los vales al portador se trasmiten por In simple entrega y el portador pncdo ejercer los mismos derechos que si hubiese sido ·oncehido á su nombro individual. Que Varela no puedo sostl;ner que está domiciliado en Mon- teYideo cuando tiene aquí su familia, :i lo que se agrega que un mle por una cantidad de dinero dá dorcrho al tenedor llnra demandar al deud,,r donde se <'liCncntrc. Respecto do In iuhal.lilid.td tll'l titulo elijo que aun suponicn- fiO que hubiese sido citado ron nn dia <le nnt.icipacion el \'icio quedaría sub ·anndo por la e plícita conf<'sion dl.' ser suyo el documento prt>sentado. Pidió se rechasara las e1cepoiones, con costas. Fallo •el .J u ea •e 8eeeloa. Buenos Aires, Noviernhre 8 de 18i6. Yistos : en el inchlenle sobre incomJ)etoncia dl.'ducida por D. J'eclro Vnrcla en la cjccucion que sigue contra él D. ,Jo:Lquin K Romero, y considerando: i o Que siendo jurisdiccion de exccpcion la que ejercen los tribunales nacionales, y no siendo t·n ningun caso prorogablc á cosas y personas ajenas á ella, la l'Xcepcion de incompetencia puede alegarsc y debe resolverse con anterioridad en cualquier juicio, y en cualquier estado de hL ('1\usa que se dcduzCIL, como está resuelto por diferentes fallos do la Suprema Corte. ~ Que por el artículo 9i6 del Código de Comercio, los vales, ó pagart>s al portador son equiparados en un todo á las lotras