DE JtlSTICI.l ftAClOl"AL
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 18
ID: fallos_18_436
Voces / Materias
CONTRATO
DAÑOS Y PERJUICIOS
Texto del Fallo
DE JtlSTICI.l ftAClOl"AL
t:AI18A XXVI.
/Jon Adn·an Cazus contra Don Angel fh·ugo é lujos, sobre
cumplimiento de un contrato é imlemni:acion
de perjuicios.
Sttmario.- fo Si un contrato de locncion de sen-icios no pue-
rto cumplirse por fuerza mayor empleada por e llo c1~tari o contra
el locador, aquel es re pousuble tic lo pl'rjuicios que ocasionan
á este.
2<> Ln indemnizacion comprende en este caso el \'alor de la
obra cje,'utada, los materialc · preparados y las ganancias y
utilidades que se pod ía )Jromctcr del contrato.
3° ],os documl'nlos priradvs son prueba contm quien los
presenta y no contra el contrario que los contradice.
4" 1: na dctencion arbitraria se indemniza con UEHI. cantidad
correspondiente á la totalidad de las ganancias que cesaron
para el paciente hasta su complota libertad.
Caso.-La discucion de esta causa está esplicada en el
Falle del olues de 8eeelea.
Bueno• Aire1, Setiembre 15 de 1876.
Vistos: estos autos seguidos por Don Adrian Cl\zús contra
Brugo é hijos, por indemnizacion de daños y perjuicios prove-
T. IX.
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