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Jo:ntro la obligncione · qtH: contraia la ~!unic i pnlidad n

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 18 ID: fallos_18_442

Keywords / Subjects

CONTRATO

Ruling Text

bajo las ,condjciones y obligaciones recíprocas que estable- cieron en el contrato rescision corriente en copia dC' fs. 10 á ~. Jo:ntro la obligncione · qtH: contraia la ~!unic i pnlidad n favor de Parfait est:í lo contenido rn la lJase 4", de otorgarle rl pagaré do f. 2 r¡uo hoy se cobra, por los inle1·ese11 ya. dtw- venyados por Parfait tlnle el 27 etc S<'tiembre de 1875 hasta la fecha de la resci!-inn , 21 llc .\ ~os to 1lt> 1876; pagarl- ttue so le alJonuní por la Municipalidacl al plazo rn que se paguen esos intereses en general. :U as al redactar c. te documento se llizo de €stc modo: e así quo se pague los intere. es devengados, por los títulos de la )funicipalidpd d1·l Uosario, paganí ti la " órden do 1). l\Hximo l'arfait, la suma de t620 S 93 cts. fuerte · por intereses de lt1 srgunda cuota que se le ha rcconociclo á dicho señor en rcpresentaC'ion llo la Jo:mpt esa dt:l :Uatndcro l'úb1ico en la rescision del contrato de aquella <JimL •. Ahora bien, ll('gado <'1 caso d(' r¡ne la ){nnicipnlidad prin- cipia e á pagar ó estuYicsc ya pa¡!:tnrlo e 'll · intcn•Rcs dcvcuga- tlos Ít los lened orr~ do esos títulos, lo qne consta por la misma l'sposidon del Presidente <i f. t vuclt.o, como tambien con 'In por e ·a mi:;ma expo-:icion que Parfait era uno de sus acrccdon•s llamados pura pag:írst·lc, so J>r('sentó ('St (' 1Í cobrar su docu- mento, y ol l'rcsiclentll se re istió ;i uhouúrst•lo JlOr no estar Yc-ncido segun dice, y uo ser la oportunidad llc cobrarlo, por los tí•rruino' de su' r<'d:tr<'inn. Con ;ro motivo lie ha prc- scntnclo nttuel dcmaudando judicialmente su pago. Y cons id..-rando: i o que las reglas de buena int erpretacion, la l<'y y <'1 buen sentido prohibrn llnr ,¡ un docum ento obliga- torio una interpretnr..jon que (·onduzca á lo nulo y absurdo, como seria hacer ócpcndcr el cumplimiento de una obligacion de la mismu ,·oluutad dt'l o bli ~ad o ¡ algo mas, de la faltu de us deberes ; romo rcsultnria si l'arfuit sr.lo tll\'it•ra der<'C'ho ele cohrur á la Municipalidad, cuando esta, debicnd C) pagar ñ sus acreedores, no lo hubiere herho clcsdc l'l prir11ero ha ·ta con el