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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 19
ID: fallos_19_34
Judges
Valle
Keywords / Subjects
PROPIEDAD
DOMINIO
Ruling Text
•
CoeWD-.y c ..
biDdo, DO le ·daban lin6 el Utlllo de tncomen,-
• ....., """que ea ~il aeteeientol setenta y siete, Htenta 1
_dN aipt dapa• de ,apedida 1 con motivo del pleito eeguido
por .el oabUdo de la ciudad de·Jujuy con el Marques del Valle
d,el Tojo, aobre li mita d.e los indios de Cochinooa, cuyo espe-
éliente ae ha acrepdo ' estoa autos, a~ece dicho Ka1quez en
tod01 na 88CJ,'i&oay gestiones para sostener que los indios solo
d8biallmitar en 8U8 haciendas, invocando invariablemente su
UAlo-de en~ndero.
Y co~idtRDdo:- En cuanto ' la.prescdpoion, que tam-
bien u alep; Primero: que no ea exacto que el demaodado
haya aido reconocid9 por el Gobierno de Jujuy como dueño
.por el NO de eontribucioñes, puesto que los boletoa 6 reci-
boe del pqo de contribuoion weaentados, no ae refieren '
1u tilnu de Coo)Jinoca y Cuavindo, sin6 ' otras propie-
,,dada del demandado, siendo de notar tambien que esos
' bóia&qa son de f~ha posterior ' la .demanda y aparecen da-
dos poi' -au,toridades muy subalternu de campaña; Segundo,
que no siendo las encomiendas por eu oar,oter de inatitu-
oion, como 8e ha dicho intes, susceptibles de ser adquiridas
en propiedad por loa particulares, tampoco pueden serlo de
preaQripoion, cualquiera que !le& el tiempo por el que se ha-
yan pG48ido ; Tercero, que por las leyes de encomienda, la
poaeaion de la tiena en que ellas estaban situadas pertene-
cia '
lo~ indios enco~endados 1 el dominio directo á la
Corona, siendo del encomendero únicamente la administra-
cion y beneficio; que por consoouencia, no habiendo tepido
el deJDJndado como sus antecesores sinó la posesion de las
encomiendas d.e Casavindo y Coehinoca, en el sentido de
administracion y beneficio, no ha podido de poseedor de
esa enQ9mienda convertirse por a{ mismo, ni por voluntad
d.e ~us antecesores, en poseedor de la tierra, para poderla
prescribir, pues ,a un pdncipio constante de derecho desd§