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DE IVSTJCIA NACIONAL

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 19 ID: fallos_19_69

Jueces

Costa

Voces / Materias

ADUANA DELITO

Texto del Fallo

DE IVSTJCIA NACIONAL '73 recibiéndola él mismo. 3" Que respecto de Gabriel de la Pie- dad no arroj1L eargo el proceso . .l0 Que habiéndose rjecutado el hurto sobro mercaderías fuera de ia jurisdiooion de la Adua- na este caso no está comprendido en las disposiciones del arti- culo de la Ley Penal sinó en los generales sobre el hurto, por estas considcraci()nes fallo declarando á los procesados Adolfo .Hcnodier y Damian Gomez, eonvictos y confesos del delito de llllrto simple, siendo uno y otro princ; l&les ejecutores del mismo, y en uso do la facultad del artículo noventa y tres de la T~cy Penal, cond ~naseles á la pena de un año de pri.sion, computándoseles el que hubiesen sufrido respectivamente, rcstitucion de lo lwrtado y costas del juicio solidariamente. llí1gaso saber, intímeso á los fiadores para que los presenten en el término de diez dias bajo apercibimiento do incurrir en la multa señalada en las respectivas fianzas, repónganse los sellos y comuníquese. Andrés lfgarri:a. VISTA DEL SE~OR PROCUIUDOR GENEI\ll Suprema Córte: Buenos Aires, Marzo 7 de 1877. T.n jurisdicciou do Aduana, en mi opiniou, alcanza no solo á llll cdificiv, sinó á los alrededores. l'oro de todos modos, la ¡wnas del artículo 8t de la ley del 63 solo pueden aplicarse á los em¡>leudos que sustraen efectos de lo· ;Llmaccncs. Pido, pues, la contirmacion por sus fundamentos de la sen- tencia do vrimera instancia, contra Oomez, y la desercioo del recurso respecto· de Hcnodier, que no ha comparecido tí mejo- rarlo. T. X. Cárlos Tejedor. 6