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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 19
ID: fallos_19_96
Keywords / Subjects
PROPIEDAD
DOMINIO
CONTRATO
Ruling Text
tOO
FALLOS DE LA SOPUIIA CORTE
y comprendido en el embargo de Jos bienes do Ortega, segun el
acta do foja, cuarenta y dos Yll('ltll del cspediontc cjecmtit"o, <'n
virtud del CTédito bipot(lcario, \"alnr de closdrntos pe.~os bolivia-
nos, constante del in ~trumcnto pí1l>lic.1> otorgado pov Ort<'ga 1Í
favor do Albnret, eu tres do 1~el> r oro 1lcl corriente aiio, cor-
riente á foja primera ele estos autos ; 2<' <'n el mrjor d'·rccho
al valor do la char!ra do trigo comprcndi1la en el mismo embar-
go, en Tirtud del contrato do babilitacion pura !'U rnlti\"o, cc-
lelnado entre Ortega y Alharet con fcch:t diw; de Jluyo del
corriente aiio, egun aparece ue Ja copia simple, ~corr iente ;í
foja tres do los auto ; 3° en el dominio y propiedad do la
yunta de bueyes incluida en el embargo, como perteneciente :1
Ortega, mediante compra ó permuta celebrada entro Ortega y
Albarct en dos de Febrero del corriente niio.
!O Que el ejecutado Ortega renunció el traslado y por parto
del ejecutante Joffré contesta la demanda oponiéndose á la nt.l-
misino de los títulos presentados, y á la validéz de los actos
jurídicos en que se funda, por haber ·e practicado por Alharet
con el objeto de demandar sus derechos contm Ortega, proce-
dentes de un crédito anterior á dichos actos, segun consta. del
documento corriente á foja. prin1era del cspcdientc ejecutivo,
el cual tiene la fecha, en su tíltirna vartida, de vcintitres de
11oviembre de mil ochocie11tos setenta y cinco; y del que procedo
su accion ejecutiva.
3° Que abierta la causa ú prueba sobre los hechos pertinen-
tes contenidos eu el auto de fooha veintítres do Agosto 1'11timo,
corriente á foja catorce vuelta, C'l tercer opo: itor Albarot no
ha probado en el término competente como debió hacerlo, el
contrato d,e hubilitacion para el cultil"O á que se refiere la copia
simple de que se ha hecho wencion, ni ba presentado como
promet.i6 hacerlo al iuterpouer la demanda, el documento au-
téntico que lo justifica, limitándose sobre esto punto su prueba
testimonial, que ¡Hu a el ~t so es inadmisible, á simples declu-