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Segun esas mismas leyes comunes, y jurisprudencia vijcntl!,

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 19 ID: fallos_19_120

Keywords / Subjects

QUEJA

Ruling Text

FALLOS bl LA SUPft!MA CORTE Segun esas mismas leyes comunes, y jurisprudencia vijcntl!, cuando ninguna causa se alega 6 la alegada no es bastante, pero se cree 10$peclro.fo de parcialidad al Juez, este se acompaña con otro, 6 en su defecto con un abogado. Estas leyes preexistentes, que reglamentan los procedimien- tos judiciales, están declaradas supletorias de la ley del se- senta y tres en lo que no se opongan d. sus disposiciones. El Procurador General cree que el incidente de recusacion debe resolverse de conformidad con estas leyes y principios. El telegrama invocado pudo ser una lijereza ocasionada por un sentimiento de patriotismo, como la esplosion de un senti- miento enemistoso; y en cuanto á las domas causales, que lo tienen por base, no merecen considerarse. Dicho telegrama no ha podido hacer e daño grave en sn per- sona, honor 6 bienes :., al que por tercera vez inYadi6 t>l Entre- Rios, y alzaba una bandera de rehelion. No es tampoco una opinion sobre el pleito antes do pronun- ciarse sentencia, ni menos puede importar e interes en las resultas :., Las quejas, finalmente, por irrcgulnridnd de proccdimian{os. 1meden dar origen á recursos, hacer sospechoso al Juez, pero no motivar una rccusncion en forma, que ni siquiera so ha de- ducido con las formaHdades de la ley (artículo 26). Cárlos Trjedor. Jo•aue •e la 8upre•• (]er&e. Buenos Aires, Junio H de l877. F.n el incidente sohre rccnsaoion dol Juez Nacional de la See- cion de Entrc-Rios, promo,·ido por el Defensor del procesado Don Ricardo Lopez ,Jordan, en la. causa que se le signo de oficio por dcmo de rebelion y crímenes particulares cometidos du-