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FAl.LOS DE U

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 19 ID: fallos_19_122

Judges

Don Antonio Zarco

Ruling Text

FAl.LOS DE U S\il1l\EYA COilTE Cuarto. Que no pueden por tanto dichas leyes comunes ser suplet.orias en materia de recusacion de los Jueces Seceio- nales, de la ley nacional de procedimientos, ni tener aplicacion en el presente caso. Quinto. Qne comprendiéndolo nsí el Defensor de Don Ricardo J.opcz Jordan, funda la recusacion total que ha deducido: Pri- mero, en el odio 6 resentimiento :del Juez contra el recusante ; Segundo, en haberle hecho daño grave en sn honor ; Tercero, ha1H•r manifestado so opinion sobre este asunto ; y Cuarto, en tener · interés en los resultados del J>lcito, causas toans fJIIC estíin comprendidas entre las especific-adas por el artículo cua- renta y tres de ln precitada ley de procedimientos, Se~to. Que toda la prueba que se niega para comprobar estas causas, consiste en las irregularidades cometidas en la formn- ci&a del proceso, y el contenido del telcgrama, que en co¡lia legalizada corro á foja cutrocientas setenta y seis, dirijido por el Jnez de Seccion Doctor Don Antonio Zarco, al Gobcrnndor de la Provincia de Entre-Ríos, en ocho de Dicicmure de mil ochocientos setenta y seis. Slptimo. Que la primera de estas pruebas, no C6 bastante á juicio do esta Córte, para justificar ninguna de las causas que se alegan de recnsacion; porque la \'iolaoion de las formaq en la instruecion del procc o, puede ser efecto de un eerror, y no la consecuencia necesaria de la enemistad 6 parcia~idad del Juez_; y porque las se,·oras mcdidns que se han tomado en la custodh' del preso, no han sido excosims y con el ol>jcto de mortificarlo, sin6 solamente para obtener su seguridad, segun consta do los informes del Juez de Scccion, del Gefe Político y Militar de la Ciudad del Pnrnmí, de los Médicos nombrados, y del Alcaide de la Cúrcel l,ública, que se registran á foja cuatrocientos se- tenta y cinco, y desde foja cuatrocientas setenta y ocho ú cua- trocientos ochenta y ocho. Ocla'vO. Que por el contenido de dicho telegrama, que es ht