DE JUSTICIA l'C.lCIONAL
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 19
ID: fallos_19_171
Jueces
Rodríguez
Voces / Materias
TASA
Texto del Fallo
DE JUSTICIA l'C.lCIONAL
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(como) determinado conforme á la ley, en pago de ¡¡us acreen-
sias, no pudiendo decirse en este caso que el deudor ha dejado
ele cumplir su obligacion, por 110 haber pagado á su vencimien-
to desde que pone á disposicion de sus acreedores la cosa misma
que ellos aceptaron, como esa condicion para el caso de no
pagarse la deuda á su vencimiento.
4° Que en este conce1)to se·ria injusto, que por la negativa
..
de los acreedores á adoptar los términos de la ley, continuaran
corriendo los créditos y sus intereses indt~ finidamente contra el
deudor.
5" Que en <'1 ¡>resente caso, dada la nceptacion de la hipoteca
por parte~ los acreedores, el d·cudor inculpaule den~ pagar en
dinero, queda tjlso {acto constit,uido en deudor de caso ó ct,crpo
cierto, llasta donde alcanza el valor del fondo llipotecado, por
su f\stimacion legal, y debe ser regido por las disposiciones le-
gales de la consignacion judicial, conforme á lo dispuesto en el
artículo cuarenta y ww, titulo primero, _:wccio1l ¡)rimcra, libro
segundo d<'l Código Civil, debiendo por lo tanto cesar los inte-
reses do los créditos hipotecarios desde la interpelacion judicial
del deudor, \'Orificada en este caso por el escrito de foja cin-
cuenta y dos, presentado con fecha oc/10 del corriente.
6° Que para la adjudicacion en pago del fundo hipotecado
por las dos terceras partes de la. tasacion, es mas conforme al
espíritu del artículo doscientos '1ovcnta. de la ley de procedi·
mientos y á la intenoion del legislador, tomar por base en este
caso la primera tasaci.ou como la mas favorable á los acreedores.
for estns consideraciones, fallo declarando,': to Que hecha la
liquíducion de los créditos de Rodríguez y Aguiar, ó su repre-
sentante actual D. Javier Daca, por el actuario, teniendo en
cuenta la cesasiou de intereses desde el ocho del corriente,
procedo á estender inmediatamente escritura pública de adju-
dicacion á favo~ de los mismos del fundo hipotecado por las
dos terccra1 parte1 <le la primera lcuacio~& 011 pago de sus orédi·