Pido por lo tanto la revocacion de la sentencia apelada.
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMPETENCIA
Tomo 19
ID: fallos_19_186
Keywords / Subjects
COMPETENCIA
Ruling Text
tUO
FALLOS DI LA SUPB&Ml CORTE
diccion de esta Corte, lo estarian en las igt}almente generales
caUI<U cot1cernientes á Embajadore&, etc.
Pido por lo tanto la revocacion de la sentencia apelada.
Cá·rlos Tejedor.
Falle •• la 8upre•• C::erte.
Buenos Airea, Julio 21 de 187'7.
Considerando: que por la ley de jurisdiccion y competencia
de los Tribunales Nacionales, reglamentaria del artículo cien
de la Constitucion, y por la jurisprudencia establecida, esta
Corte solo conoce originariamente de las causas do Cónsules y
' rice-Cónsules cuando en ellas se trata de los privilejios y
exenciones inherentes á su carácter público;_ que para todos
los demas casos la jurisdiccion originaria 6 en primera instan-
cia corresponde á los Jueces de Seccion, con arreglo al inciso
tercero del artículo segundo, en cuyos términos generales, y sin
distinciones deben entenderse comprendidos, tanto los asuntos·
criminales como los civiles; y que la disposicion del artículo
diez de la ley citada solo es aplicable cuando 1~ jurisdiccion de-
pende de la nacionalidad 6 vencidad de las partes, segun se de-
duce de la referencia que allí se hace al inciso segundo del artí-
culo segundo. Por estas razones y de conformidad con el señor
Procurador General, se revoca el auto apelado de foja nueve
\"llelta; satisfechas las eostas_y respuestos los sello11 devuél-
vanse los autos.
JOSt BAIUlOS PAZOS.- J. B. GOROSTIAGA.
-J. DOIIII!'GUU. -a. 11. U.SPIUR.
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