Hay en estas palabras una confusion completa de la juris-
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 19
ID: fallos_19_188
Texto del Fallo
tft
FALLOS DI LA 8tlPRD1 CORTE
mioilio á esta Corte e como int~rprete de la legislaoion en casos
particulares, • invocando el artículo !O de la ley del 63.
Hay en estas palabras una confusion completa de la juris-
diccion en los casos contenciosos, en que es requerida á instan-
cia de parte, lo que importa decir qua nun~a es interprete de la
legislacion.
El artículo iO invocado se refiere ai los individuos detenidos
6 presos por una autoridad nacional, 6 á disposicion de una
autoridad nacional, 6 so colar de una 6rden emitida por auto-
ridad nacional, y el peticionario constituye en domicilio en la
calle del P1Lrque N° 838.
La misma intervencion de la justicia nacioual en tales casos
es solo al objeto de que la Corte Suprema 6 los Jueces de Sec-
cion, puedan á instancia del preso, 6 de sus parientt>s ó amigos,
investigar sobre el orijen de la prision, y en caso de que esta
haya sido ordenada por autoridad 6 persona que no esté autori·
zada por la ley, mandar poner al preso inmediatamente en li-
bertad.
No ha lllegado pues el caso de discutir si la Cámara de Dipu-
tacios de la Nacion es autoridad competente para espedir orde-
nes de prision por quebrantamiento del secreto de sus sesiones,
y esta solicitud debe ser rechazada sin mas tdmite.
C. Tejedor.
...... •. .• 8••··-· ~-···
Doenoa Airea. A¡oalo 2 .de 18T1.
No estando el ocurrente Don Lino de la Torre (hijo) deteni-
do ni preso, y no correspondiéndole por tanto el recurso que
acuerda el artículo veinte de la ley sobre juriscliccion y com-
petencia de los Tribunales Nacionales, de conformidad con lo