'L In Suprema Cvrtc dando :wiso p;ml remi- tir Jos tic este Juzgado, agregándose recaudos necesario
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 19
ID: fallos_19_191
Jueces
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Voces / Materias
BANCO
COMPETENCIA
PROPIEDAD
CONCURSO
Texto del Fallo
p'
DE JUSTICIA ¡,ACIOl'UI,
195
Buenos Aires, Pebrero 21 tle 1877.
De conformidad n Jo cspuesto por esta parte, no ha lugar á
la inbibicion solicitada por el Sci10r Juez de Comercio, con-
test;índoscle por oficio cou los fundamentos de In vista, y do
conformidad con el artículo 3t exitándoselc á que deje á este
J uzgado en libertad 'de obrar, debiendo en su consecuencia
contestar 1Í la mayor brcvcdad po ible y en caso do insistir,
remitir su:-; autos :'L In Suprema Cvrtc dando :wiso p;ml remi-
tir Jos tic este Juzgado, agregándose recaudos necesarios. Ro-
póngase el sello.
Isidoro A lbarracin.
F.l Juez de Comercio dió vista al Síndico del Concurso .de
:Hruce.
El Síndico esposo que la demanda de Bnssi babia sido
contra Hruce y en Yirtud de ella se habían embargado los
muebles del Proveedor propiedad del fallido; que no era cier-
to que dicho vapor fuese do In Compailía Argentina, ni del
Banco Mercantil, que no era mas que un acreedor del Con-
curso.
Pidió al J uzgado que insistiera eu soster.cr su competencia.
fALLO DEL IUU DE COMERCIO
Buenos Aires, Mar&o 31 de 1877.
Considerando: 1° que el vapor e Proveedor» está incluido
en el estado del concurso foja ~f y araluado en treinta y nue-
Vl' mil pesos fuertes :