Da11si, su crédito debe ser verificado y colocado en el estado
No date
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMPETENCIA
Tomo 19
ID: fallos_19_192
Keywords / Subjects
COMPETENCIA
PROPIEDAD
CONCURSO
Ruling Text
t96
FALLOS DE 1.,\ SUPREMA COUTE
~ Que cualesquiera que . sean los pri\'ilogios de D. Juan
Da11si, su crédito debe ser verificado y colocado en el estado
de gra<luacion del concur ·o, pues es precisamente para el
caso en que haya concurso do acrcotlorcs que la ley h:\ cstn-
ulccidu los privilegios en favor de ciertos créditos.
8° Que t'l autorizar ¡\ un acrt.'odor en virtud de un priri-
legio pnra l'jccutar los bienes dt> hL mastL nnte otro Juez que
t'l del concurso seria hacer imposible este juicio que es de
cunict.cr univer.;al; y que, por otra par~o. la Ley Xacional do
t86S sobre competencia y jurisdiccion de los Tribunales Fe-
derales, declara espresamontc quo el conocimiento de los jui-
cios universales correspondo tí los Tribunales de Provincia.
4" Que aun el bocho que se invoca de no ser el huquc
cProvecdou propiedad del concurso de D. David llruce, no
autoriza á quo otrv J ucz á cnt<!nder en ningun asunto rcl;Ltiru
á ese buque, pues para esto, 111111 rcz que está incluido en el
estado deho preceder una demanda de rcirindicacion; y solo
despues de vencido ol concurso en esa demanda poc.lria se-
guirse otro juicio por cobro de salarios con las personas· <JIIC
venciesen en el juicio de roivindh:ncion.
5° Que no habiéndose deducido demanda alguna de reivin-
dicacion el buque debe prcsumirso propiedad del concurso,
pues este lo posee á tí tu lo de ¡>ropietario.
6° Ademas, que como incidente del concurso la demanda
de reivindicacion lleberia promoversc ante el Juez natural
del concurso, sin que sea lícito al S('ñor Juez Federal inter-
venir eu ollu, ni por consiguiente tomar en cuenta u cstl'
respecto las afirmaciones do D . • T uan Bassi, con arreglo 1\ lo
que dispone el articulo 1536 del Cúdi¡,:o de Comercio.
Por estas consideraciones : con tés tese al Señor Juez Fed ~J
ral que el infrascrito sostiene su compl?tcncia, y elévense como
~1 lo pide en su oficio de foja 126 los antecedentr;s ;i l1l : upre-
ma Corte Federal para que dirima el conflicto. Al efecto
•
..