DE ltlSTIClA ~ACIO~AL
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 19
ID: fallos_19_199
Keywords / Subjects
CONTRATO
Ruling Text
DE ltlSTIClA ~ACIO~AL
t.: A 118A LIX X 1"
D. Antonio fragueiro contra el Gohieruo dJ la Provi11cia de
Ent1'e-Rio&, por r.obro de pe&os
Sumario. - to Un contrato cedido en todas sus partes, sicn-
rlo aceptada la cesion por el otro contratante, no dá derechos
de ninguna clase al cedente.
~ Un contrato, en qut! se comiene especialmente cual es el
Juez que ha de conocer de las difcrenohLs que so susciten, y en
que se establece el lugar de la rendiciou do cuentas, importa
Ujar el domicilio especial radicando una jurisdicoion.
311 El lugar elcjido para la ejecuoion de un acto causa domi-
cilio especial para todo lo relati\"o á este acto y las obligaciones
,
que causara.
-'o El domicilio personal adquirido despucs de la celebracion
del contrato, en nada puede desnaturalizar ni des\'Írtuar el do-
micilio legal que es el preferente.
Ca&o. -J. a discusion de esta cuusu , stti c:;plicatla en el