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Esto no ol)stante, con motiro de haberse publicado por el

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 19 ID: fallos_19_240

Ruling Text

• cosa recibida, que el dt'rccllO ¡mrlnmentnrio ingll-s e~ apliua- ble al Congreso. Esto no ol)stante, con motiro de haberse publicado por el diario La Altrora el t9 de J:'ebrero de t800, un articulo que heria el honor del , cundo, y haber::5c negado el editor n com- parecer auto esta corporacion, fué ordenada :;u prision. En In dis·cudon sobre hl lcgnlidncl de <' te procedituit'ntn, se adujo en su apoyo: que todo horu u re y toda corporacion t it•- ne por derecho natural <'1 de u prt,t>ia dcf<>nsa; qttl! lo funcio- narios pt'ablkos deben estar dotados de t oda ~ las facultntlcs necesarias para su conscrvacion¡ qul· le corre:-pondc uatural- mcntc todas nqucllns atribuciorws indi!lpl'nsnhles para cumplir con ·u -cometido; que In conct• itm de una facu Ita<~ implica los medios nece arios para su cjcrcicio; que l>Or esto <'1 parlnnwnln tenia el derecho de ca ·tigar las ofensa · que e le ltacian; r¡ue igual derecho tenian todas la leji ·Jaturn de I::staflo y lodos Jos tribunales¡ que , i el Congreso caroricsc dr un JlOdcr rmu- jante, podria cualquiera por so ~t~t que penetrara en la ~ n l a lll· ~e ­ sionrs ó en las gnlcrios, impedir los p r(lccdimi onto~ de In f'tí- marns, promoricndo bullicios y tumulto ~ : qul' si e t ns fue,.en mnn tenidas en con'>tante excitacion por medio de artículo· injurio. os, les seria impo iblo con ~ngrar ·e :í sus t rahnjus ron sangro fria y tranquila reflexion; quo por tollo e ·to les ~ra in di pensable la facultad de castigar 1\ los rtue comrl icscn las f11ltas indicadas ú otras semejantes. A estos argumentos se replicó: que lns facultades ej<>rcidas por el parlamento ln gl~s . por los cuerpo lrgislati\'OS de lo .Estados de la t:nion, y por todos los Tribunales, tanto en 1 n- glnterra como en América, reposaban solm~ leyes e:-: presas, y no sobro unn prctcnd idn ncce iclad intrínscra; que el Congrrso c•arecia de todo poder que no lo hubiera . ido conferid,) por la con titucion; que lu con ·titucion da ha Ít las Ctí mant ~ Le- gi ·JatiYas juri diccion dir<>rta sohrc u.: micmhro<;, .'· :i r -: tn~