DE JUSTICIA NACIONAL
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 19
ID: fallos_19_241
Ruling Text
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DE JUSTICIA NACIONAL
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la libertad de In palabra ~ inmunidades personales; que en
este sentíJo. nú sc requería mas l e~· que la misma constitu-
cion, la cullll :111loa Í7.;thn nl C'ongrc:o IÍ dictar todas las leyes
m•rcsnrias y cnnhnicntes para el ejercicio de los poderes
e ¡m.•sos t¡uc le han sitio conferidos; que en Yirtud de esta auto-
ri7.arion podían las C'aimaras gnrnntirsc por medio de leyes
penales contra las ofom;as, desórdenes, y pertuTbaciones de
las se iones; que mientras esas leyc · no ~e hayan dictado,
por negligencia del mi ·mo Congreso, no podría infligir e cas-
tigo alguno; que entretanto, no carecen la Cámaras de pro-
to,·rion, pue to r¡ue lc. ('~ t á abierto el camino Jlara recurrir á
lus tribunales; que su propia politía, adem;í
que tienen fa-
t•ultad para integrar con los empleados que el c111so requiera,
t i<'ne los medios de hacer guardar el Grdcn; que ni exigir la,
constitucion una ley ant erior al h<'cho de In causa, heno la
considerncion que es debida, tant o ;Í la in\"iolabilidad del miem-
J,ro del Ccmgre ·o como á In del ciudadauo, por la sencilla razon
d<' qu<', si u11a Ctímarn al dictnr la ley con e.'tc objeto, pretendiese
ahr9garse un poder e ce ·ivo cu f:wor de sus ¡HeYilegios, podría
ser refrenada por In otra, y amhas por el J:jecnti,·o; que el ciu-
dadano cst.aria tnmbicn así en aptitud de eYitar la tran grcsion
de una ley debidament e promulgada: pero que si cada Cámara
puedo definir y estcndcr s11
pri \"ilegio ~ á mcditla de us deseos,
vor í sola y sin contradict"ion, l1ay peligro de que el111 so deje
arrnstmr p·or la <; impresiones ~· suge tioues del momento; que
la falta no se d<:linc tampoco de antemano, sin6 que se deter-
mina e.r re nafa, J" la clase y la medida de la pena son fijadas
nrbit.rariamentc, confundiéudo e la ley con la cuteucia, y
quedando los dcrerho-. y garantías {h•l ciudadano en unn situa-
tion bien pcligrosn y alarmante. .Jcffcrson, llauunl of l' ar-
Jamcntary Practico, ¡)ag. 33 ú aO.
' i Cuál do la
dos opiniones ser;~ la que preyalczca? se
pregunta en seguida (pág. 37 ). .'olo el tiempo podrtí d<'cirlo.