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DE JtSTICI.\ NACIONAl.

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 19 ID: fallos_19_279

Voces / Materias

QUIEBRA CONCURSO

Texto del Fallo

DE JtSTICI.\ NACIONAl. 283 CAIJ8.l. XCIX. Coulil'/11/(1 df' COIIIJW(f'llcltt ('11/t'l' (•/ ./ 11('~ dr Comerl'io de nu('ti()S A ii'I'S, !J el dl• .'icccio11 dt• Scwlrt-F(:, Jllll'(l ctmocer de juiúos i11iciados conlm el ea por e /.ujan ~ . Sumario. -1° l:l juicio unirC'rsal de concurso ntrne todas las demandas y <'jt.'Cuciones rontm el fallido y sus bienes, aun cuando corre pondan ni fuero nacional. 2" Las l' ro,·iucia · tienen í'u e.xistencia y u gobierno propio, y conscrnm todos lo atributos de Estados independiente en todo aquello que no se refiere :í los propósitos y fines del t: obit>rno general. 3" J:ntrc ellos es nplicaule ltl tli ·posicion del artículo fú31 dél Código de Comercio, cnyo ohjeto es proteger los intereses de los ncinos de cada Prorincia, )' asegurar con los bienes allí existentes el cumplimiento de las obligaciones á cargo del deudor, declarado en quiebra en otra. · 4° 'l'rat:\ndosc de buque , la jurisdiccion do los jueces loen- les Jebe ejercerse con sujcciou á las reglas especiales cstable- ridas por la ley con respecto á esa clase do bienes. 5° l:n lntrtuc que se halla fuera del puerto de su matriculo, no puede se ~ embargado sinó p:>r crl'ditos pririlcgiallos y solo lo son los enumerados eu los artículos iO'>..O y t023 del Código de Comercio.