DE HJSnCll IUCIOIUL
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 19
ID: fallos_19_349
Judges
Costa
Ruling Text
DE HJSnCll IUCIOIUL
353
accion nationnl, y la sospension acordada por un decreto del •
Gobierno de la l'rovincia, no es un juicio universal de concur-
so, único acepta do por Ja ley.
C. Tejedor.
F•ll• •• •• lupr•••• C:er&e.
Buenos Aires. Octubre 13 de 1877.
Yisto · : di! conformidad con lo e put:sto y p~dido por el se-
i.or l'rocurndor Gcucral, en su prcct:dentc vi ·ta, y de acuerdo
ton lo prcscripto en el artículo segundo, iuciso quinto de la
loy sobre jurisdiccion y compotcncia de los Tribunales Nacio-
nales, se confirma con costas el auto apelado de foja ciento
noventa y dos \·uelta; satisfechas estas y repuestos los sellos,
dHuél van se los autos.
JOSt UARIIOS PAZOS. -
J . it. GOROSTL\GA.- J .
DOIIL~GtEZ.- i . 11. USPit.:R.-
O. I.ECUIUIIOl'C.
T. l .