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Por mi parte, creo que el terreno comprado el uiío i 867, y lo

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 19 ID: fallos_19_392

Keywords / Subjects

PROPIEDAD NULIDAD

Ruling Text

396 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE Por mi parte, creo que el terreno comprado el uiío i 867, y lo edificado en él, es un bien ganancial. La espresion de la escritura que a( r ihu~· c á la sei10ra ].ugo. la propiedad, no puede sin otra. prueba preral<'cer :-oobre el hecho de la com¡mt durante el mntrimonio. El certil1cado de f. 68, aun dándole mlor joril.lico, no anc- ditu sinó uu préstamo á In s~ilora e pnm construir una cu~a • en el terreno, ofreciendo ella pagarlo con la legít irua patcrrm e al Yeri ficnrse la particion •. La ,·enta, pues, do i8761o fu ~ tle una cosa que uo era e clu- sirameute de la seilora, y si la hicieron marido y mujer, es revocable como ejecutada en frautle del fisco. Pero en el estado del proceso, este fraude no puede declarar- se, tanto por el Código vigente que comprende, ese acto de t 876, como por las leyPs de Partida ~· Recopilados que re- quieren para ello; ciencia de parte del que enagena. ciencia de parte del que recibe, y daño eft>ctivo; y nada de esto se ba demostrado por el representante del fisco. En esta instancia, la Corte tampoco puede recibir In causa á prueba sinó sobro hechos deducidos de nue,·o, 6 no admitidos en primera, 6 sobre las actuaciones estimadas \"iciosos 6 insufi- cientes. No obstante, pues la calidad de ganancial del bien rniz, ma- teria de este terreno, tratándose de derechos atlquiridos 1í título oneroso, por un comprador que ha podido serlo de buena fé, mi opiniones que se revoque la sentencia apelada, sin perjuicio de la acciou fiscal por nulidad, si la hubiese. C. Tejedor