DE JUSTICIA lUCIONAL
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 19
ID: fallos_19_395
Judges
Costa
Keywords / Subjects
IMPUESTO
SOCIEDAD
NULIDAD
CONTRATO
Ruling Text
DE JUSTICIA lUCIONAL
399
marlo en cuenta, si no adoleciese de los demas defectos enume-
rados.
Octavo. Que siendo la finca cucsttonada, un bien pertenecien-
te á la sociedad conyugal, como queda establecid<•, su enajena-
cion por parte de la mujer (escritura de foja veinte y veinte y
uno) era nula aun por lo relatiro á su parte indivisa (Artículo
sesto, título de la nulidad de los autos jurídicos; y nueve, título
dd Contrato de Compra-Venta, Có~igo Ch'il).
1\'oveno. Que tratándose en los autos ejecutivos del cobro de
un crérlito fiscal, procedente de impuestos, pendiente la ejecn-
cion y notificado á I~ago ; el mandamiento de embargo, no podía
éste enajenar ni autorizar la enajenacion de un bien de que era
en parte dueño, sin afectar directamente el pririlcj io que la ley
acuerda al Fisco sobre la generalidacf de los bienes del deudor.
Décimo. Que en ejercicio de tales derechos, el procurador fis-
cal ad hoc dedujo la accion de nulidad contra la enajeoacion
contenida en la escriturtl de foja veinte á veintl! y una en sus es-
uitos do fojas reinto y seis y cuarenta ~· .cuatr o, siendo dicha
accion discutida y contestada por el tercer opositor Señor Ber-
gallo en primera instancia.
Por est,as consideraciones, y por los fundamentos concordaD-
tes del auto Upl•lado dt.! fojn cincuenta y seis vuelta, so confirma
éste en ci1anto no hace lugar á la tercería deducid!\ por Bergallo,
y se declara nula la escritura en que la funda, satisfechas las
costas y repuestos los sellos deiuólvase.
JOSt BARROS P.&ZOS. -l. B. GOilOR•
TIACA. -
J. DOIIINGtlEZ. -
S. 11.
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O. LEClllUIIO!'I .
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