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Que rectificada la cuonta en los términos obsermdos, no

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 19 ID: fallos_19_398

Judges

Barra

Ruling Text

FALLOS DB U SUPUIU. CORTE ademas {tilla w1 atado de chapas. Estas últimas palabras es- tán escritas con tinta y letra diferente. "o y 5° dos reclamos insignificantes y fuera de cuestion. Que rectificada la cuonta en los términos obsermdos, no tondria incouvenien~ en pagarla. Con,·ocadas las purtc.s á juicio ''erbal , en ' 1 convinieron en sujetar la cuestion á juicio arbitral, cn el r1ue se dictó un laudo cuya parte dispositiva, dire así:- to D. tduardo Iugucrson debe dirigir su reclamo por las barra:', que dice huber faltado en las partidas de fierro á :;u cons i~nacion, del vapor e Rubens al agente de este, quien está obligutlo ú tttentl1:rlo 6 indemni1.ar al reclamante el ,·alor do la falta comprobada, sea en Liverpool ó en usta plaza; resultundo culpable el vapor, debe D. Ernesto luguersen pagar el im- J>orte ( #9-i 33 mjc.) de descuento de lanchage, á mas los rédi- tos de (tO 0/o} diez por ciento al año á los señores Vicente ta- sares é hijos, y· si La f•lta fuese ocasionada por los lancheros . se aplicará la. mencionada suma, retirada por D. Ernesto Iu- guersen, basta donde alcanzara, en su arreglo con el agente, sujeto tnmbieu al intorós re<'Íproco de iO o¡., nl aito. 2° Ucctifícanse la · cuentas d•J hmchajc ¡wr los vuporos <tGa- lilco » y e Biela» con arreglo á la tarifa que rijo. :jo Itectificanse las cuentas por In dt>sonrga de o11rbon sobre la base siguiente: 9 toneladas al \t Bie:a » 1i (50 1) cincuenta pesos por tone- lada. 59 9/'iO toneladas al e Biol:\ , ( -i5 1) cuarenta y cinco pe- sos por tonelada. 35 Toneladas al e A. na, á (80 1) ochenta peso:i tonolllda. 4° Las snmlls que arrojarán estas cuentas rectificadas y el pngnmento de ( tO,OOO IJ) diez mil pesos hecho ti cucntn do ellas, están sujetos á réditos·· recíprocos de ( tO 0/o) di~z por ciento al año, de las fechas que tienen.