Que rectificada la cuonta en los términos obsermdos, no
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 19
ID: fallos_19_398
Judges
Barra
Ruling Text
FALLOS DB U SUPUIU. CORTE
ademas {tilla w1 atado de chapas. Estas últimas palabras es-
tán escritas con tinta y letra diferente.
"o y 5° dos reclamos insignificantes y fuera de cuestion.
Que rectificada la cuonta en los términos obsermdos, no
tondria incouvenien~ en pagarla.
Con,·ocadas las purtc.s á juicio ''erbal , en ' 1 convinieron en
sujetar la cuestion á juicio arbitral, cn el r1ue se dictó un
laudo cuya parte dispositiva, dire así:-
to D. tduardo Iugucrson debe dirigir su reclamo por las
barra:', que dice huber faltado en las partidas de fierro á :;u
cons i~nacion, del vapor e Rubens al agente de este, quien está
obligutlo ú tttentl1:rlo 6 indemni1.ar al reclamante el ,·alor do la
falta comprobada, sea en Liverpool ó en usta plaza; resultundo
culpable el vapor, debe D. Ernesto luguersen pagar el im-
J>orte ( #9-i 33 mjc.) de descuento de lanchage, á mas los rédi-
tos de (tO 0/o} diez por ciento al año á los señores Vicente ta-
sares é hijos, y· si La f•lta fuese ocasionada por los lancheros
.
se aplicará la. mencionada suma, retirada por D. Ernesto Iu-
guersen, basta donde alcanzara, en su arreglo con el agente,
sujeto tnmbieu al intorós re<'Íproco de iO o¡., nl aito.
2° Ucctifícanse la · cuentas d•J hmchajc ¡wr los vuporos <tGa-
lilco » y e Biela» con arreglo á la tarifa que rijo.
:jo Itectificanse las cuentas por In dt>sonrga de o11rbon sobre
la base siguiente:
9 toneladas al \t Bie:a » 1i (50 1) cincuenta pesos por tone-
lada.
59 9/'iO toneladas al e Biol:\ , ( -i5 1) cuarenta y cinco pe-
sos por tonelada.
35 Toneladas al e A. na, á (80 1) ochenta peso:i tonolllda.
4° Las snmlls que arrojarán estas cuentas rectificadas y el
pngnmento de ( tO,OOO IJ) diez mil pesos hecho ti cucntn do
ellas, están sujetos á réditos·· recíprocos de ( tO 0/o) di~z por
ciento al año, de las fechas que tienen.