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' cobra es efect iva. 2

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 19 ID: fallos_19_417

Judges

Costa

Keywords / Subjects

CONTRATO

Ruling Text

4 DE ,UJS"nCI.\ !'1,\CIONAL 421 Buenos Airt!S, Julio 24 de 1877. Yist ns estos nulo· sE-guidos por D. l'alemon Hu ergo ront ra D. Chery Mullot, }) Of rcsri ion de un contrato de arrenda- mit>nto, ). Considerando: t" Qu\l fundada la ch•manda en que :\Iallol no hnbht pagado dos períodos consecuth·os de alquileres, este no ha negado el hecho como debía, amparándose en que no lo snbia con exactitud ;.por lo qne debe tomarse su contestaciCJu como e\·asira. y •hirscle ¡¡nr tanto el mérito de una confesion implicita (~~cul o ... rlc la ley de Enjuiciamiento) por cuanto se ha t>stnble"cidd por coJú esinn del demandado, que él es ellO('ll - lario y debl' const>nar en su podt:'r Jo¡; medios de vt>rificnr ~ ¡ la dl!uda que se 1«' cobra es efect iva. 2" Que corrolmrn esta pre'iunciou el hecho de que, d t~man­ dado ejecutiramentc ¡10r el importe de esos dos períodos con- ~ iuti ó en el pago (autos acompaiia1los) in rleducir excepcion alguna. 3o Que habiendo por otro parte conft•sado que (•1 pt>rsonul- mtlntu no ha bcrh•l el pago, ~ in ó p(lr medio de otro, no ha llchido dl'jar de tener recibo que lo comprueben, ni menos ha establecido qnc hubiese dolegncion ó mandato acC'ptado por <'1 demandante. Por estas consideraciones fallo, fle conformidad al artícul•) 87, título ' De la lncacioru, del f'ódigo f'iril, doclnrnnrlo res- cindido e: contrato de f. 6 rta. por culpa del locatario ~lallnt y por tanto rl'spou¡;ahlo el mismo de Jos daños y Jlerjuicios •:ou costas. Hágase saber original y re¡,óngaso el sello. lúd o ro ·11 bnt·rt,· in.