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seguidos por D. Francisco do Andreis contra D . . José Telfener, orlfenaron el embargo de las cantidades que el Gobierno Xacional •lcbi<'rn entregar ' Telfencr, en virtud de sus contrato

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 19 ID: fallos_19_422

Voces / Materias

CONTRATO

Texto del Fallo

- rALLO. DI U S&l'IUA COftTI Conlumda de eompetetrcitJ entre el Juez de Seccion de Buenos Aim y el de Comercio de Córdoba, subre derechos á unos fondo. tmbargtldol. StcrMrio.- t• El derecho que la ley requiuro para surtir el fuero nacional por razon de las personas, debe corresponder ' quien lo invoca, originariamente y no por cesion. !' Efectuado un embargo, todll oposicion á él, constituye un incidente, cuyo conocimiento debe corresponder al J~&ez de lo principal, sea cualquiera la persona que se opone. Ctuo. -Los Tribunales ele Córdoba en autos seguidos por D. Francisco do Andreis contra D . . José Telfener, orlfenaron el embargo de las cantidades que el Gobierno Xacional •lcbi<'rn entregar ' Telfencr, en virtud de sus contratos. Por un contrato público aceptado por el Gobierno XacionRI. Telfener babia transferido anteriormente sus créditos contra el Jo'isco á D. Manuel 0-'ampo Sanaanés, Cónsul del P ertí, co11 cargo de pag11r algun11s deudas. El C..:ónsul del Perú se presentó al Juez i'ederal d'-! Bueno'> !ires, donde él residia, pidiendo que en atencion á ser de él