DE Jl!ITICIA l'UCIO!'IAL
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 19
ID: fallos_19_433
Keywords / Subjects
SEGURO
PROPIEDAD
Ruling Text
DE Jl!ITICIA l'UCIO!'IAL
437
Do11 Juan Gaibisso contra la Campa tila I.loyd Sui:o, por cobro
de tul sea uro. Incidente sobre jurisdiccion pericial.
Sumario. - to N o sie.vdo el caso de arbitramiento forzoso.
para que este pueda alegarse como subsistente, es necesari•,
que exista un neta 6 constancia judicilll de haberse creado.
2" Aunque el Juez puede fijar término á. los peritos para
esp<>dirse, este no es fatal y la falta do ellos puede ser penada
con arreglo al artículo t.U de la ley de procedimientos.
Caso.- Don Juan Gaibisso aseguró en la Compañía Lloyd
S•,izo el pailobot de su mando y propiedad cDiana», por la
suma de 3,000 pesos fuertes en el dage de esta ciudad al puer-
to del Cármen de Patagones, por el término de un mes.
Habiendo el pailebot encallado en la playa de la ensenada de
San Clemente, el asegurado, haciendo abandono do ál, demandó
A la Compañía por la suma del seguro.
Despues de contestada la demanda por el Gerente de la Com-
pañía, negando los hechos y el derecho en que se fundaba el
abandono, y de traído el buque á la Doca del Riachuelo, las
partes pidieron al Juzgado un edntcn pericial sobre cual era
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