I>E JUSTICIA NACIONAL
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 20
ID: fallos_20_106
Judges
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Costa
Keywords / Subjects
CONCURSO
Ruling Text
I>E JUSTICIA NACIONAL
. il3
de la íirmn la con fe ·ion do la deuda en e: momento en que
pre ·taba 1licbo reconocimiento.
3° Que aun supouitmdo que lns cesion(\S (\11 di s~: u ion hubie-
sen sido ambas \'álidas, en el concurso de dos IW'ionarios SUCl'-
sivos, Ju ¡,referencia con <:spondu ni f(ltO pnmero hu notificado
la ·e ·ion al deudor 'articulo a7 e Ue la ces io n ~ , <'6digo Civil)
y por toosiguientc en e te caso s<:¡;un lo espue to, correspoudc-
ria á Martinez .
.l:'or e ·tas consideraciones, fallp declarando quo d crétlito quo
~e cobra ¡pertenece á D. J ulian Mart.iucz y no á los scliorus
~ uilcz y . ., , ordcnamlo en su con ccuencia se 1 •mnlc el em-
bargo trabado, con costas. Htigasc saber original, y repón-
ganse lo:t :::.ullos.
l:iidoro A lbarracin.
Buenos Aires, Abril 27 d~ 1878.
Yistos: Considerando que la eXCl!pcion opue ta por el ejecu-
tado, !lC funda en que el crédito procedente do la cuenta de foju
primera, l'ué cedido anteriormenté por Matti y Piera á Don
Julian .Martinez; y en 4ue á este cesionario le pagó parte del
crédito, acordándolo él mismo u u término para pu~ar el resto;
que esta cxcepcion, á pesar de haber sido impropiamente <'alifi-
cada, so red u ce en realidad á las de paga y cspl'T<L: t} u e tanto la
una como la otra resultan pleuameote justificados por los docu-
mentos d ~: fojas diez y nue,·e y \'Cinte otorgados y judicial-
mente reconocidos por llartinez; y la personería con ctue este
intervino $uticie11tcmcnte legitiu1ada por el documento de foja
diez y ocho én que se notifica lu cesion al deudor ; por estos
fundamentos y los coucordautcs de la sentencia apelada, se
T. XI.
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